En lo que concierne al apartado «iii. Las revaluaciones de bienes inmuebles hechas por el contribuyente.», contenido en el numeral 3 del artículo 84 del Decreto 10-2012 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Actualización Tributaria, concurren los elementos que establece el artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, por lo que dispone su supensión provisional.
Diario de Centroamérica
Guatemala, lunes 22 de abril 2013
No. 86 Tomo CCXCVI
P. 9-10